
Principios y Valores Cooperativos
En las asociaciones cooperativas no son bien vistas las acciones o esfuerzos individualistas. Como su nombre lo indica “cooperar” es operar en grupo o equipo para poder superar las dificultades. Esta conciencia y comportamiento de Equipo es por excelencia productiva y enriquecedora.
Por esa razón en La Equidad promovemos el fortalecimiento del cooperativismo, la práctica de sus principios y valores.
- Ayuda mutua
Se basa en la creencia que toda las personas pueden y deben controlar su propio destino. - Responsabilidad
Los miembros asumen la responsabilidad para su cooperativa, su creación y vitalidad continua. - Democracia
Los miembros tienen derecho a participar, ser informados, escuchados e involucrados en la toma de decisiones. - Igualdad
Los miembros deben asociarse lo más igualitariamente posible, aunque a veces sea un reto difícil en las grandes cooperativas o en las federaciones de cooperativas. - Equidad
Se refiere a la forma en que se trata a los miembros dentro de la cooperativa y a la forma de retribuirles su participación en la cooperativa. - Solidaridad
La cooperativa tiene la responsabilidad de velar por el interés colectivo de sus miembros. Es la mera causa y consecuencia de autoayuda y ayuda mutua, dos de los conceptos fundamentales que son al corazón de la filosofía cooperativa.


Alianzas
Cooperación Verde
Desde 2009 apoyamos a Cooperación Verde, un programa forestal enfocado en la captura de carbono para mitigar el cambio climático, a través de la siembra de 2 millones de árboles de Acacia Mangium en una extensión de 3.000 hectáreas en Puerto Gaitán, Meta.
Con este programa hemos logrado implementar los Objetivos de Desarrollo Sostenible: Fin de la pobreza, Trabajo decente y crecimiento económico, acción por el clima y vida de ecosistemas terrestres.
Su implementación se ve reflejada en los más de 60 empleos directos e indirectos en la región, en la producción de100 mil toneladas de oxígeno a la fecha, la captura de dióxido de carbono CO2 y la recuperación de fauna y flora.
Principios Cooperativos
Los principios cooperativos son lineamientos por medio de los cuales las cooperativas ponen en práctica sus valores Los principios constituyen el núcleo de las cooperativas y están estrechamente ligados, de forma que si se ignora uno se menosprecian los demás. Estos principios son:
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Asociación voluntaria y abierta:
Las cooperativas son organizaciones voluntarias abiertas para todas aquellas personas dispuestas a utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidades que conlleva la membresía, sin discriminación de género, raza, clase social, posición política o religiosa.
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Control democrático de los miembros:
Las cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus miembros, quienes participan activamente en la definición de las políticas y en la toma de decisiones. -
Participación económica:
Los miembros contribuyen equitativamente y controlan de manera democrática el capital de la cooperativa. Por lo menos una parte de ese capital es propiedad común de la cooperativa.
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Autonomía e independencia:
Las cooperativas son organizaciones autónomas de ayuda mutua, controladas por sus miembros. Si entran en acuerdos con otras organizaciones, (incluyendo gobiernos) o tienen capital de fuentes externas, lo realizan en términos que aseguren el control democrático por parte de sus miembros y mantengan la autonomía de la cooperativa. -
Educación, entrenamiento e información:
Las cooperativas le proporcionan educación y entrenamiento a sus miembros, representantes electos, dirigentes y empleados de modo que puedan contribuir eficazmente al desarrollo de sus cooperativas. -
Cooperación entre Cooperativas:
Las cooperativas sirven a sus miembros más eficazmente y fortalecen el movimiento cooperativo trabajando en conjunto o mediante las estructuras locales, nacionales e internacionales. -
Compromiso con la comunidad:
Las cooperativas trabajan para el desarrollo sostenible de su comunidad por medio de políticas aceptadas por sus miembros. -
Educación, entrenamiento e información:
Las cooperativas le proporcionan educación y entrenamiento a sus miembros, representantes electos, dirigentes y empleados de modo que puedan contribuir eficazmente al desarrollo de sus cooperativas.
Principales diferencias entre una cooperativa y una sociedad mercantil
Cooperativa
Empresa mercantil
Asociación autónoma de personas.
Es unión capitales.
La propiedad es conjunta.
La propiedad es de uno o varios dueños en función del capital aportado.
Es una organización empresarial de los asociados.
La propiedad de la empresa es del inversionista – capitalista.
Hay criterios de identidad: asociado – dueño de la cooperativa.
El dueño de la empresa es el inversionista.
El objetivo es generar bienestar social para sus asociado.
El objetivo de los inversionistas es el lucro.
Existe gestión democrática, puedo elegir y ser elegido.
Las decisiones las toman los socios inversionistas en proporción al capital aportado.
Es administrada a la asociados.
los socios designan libremente sus administradores.
Un voto por cada asociado independiente del monto del aporte.
Los votos se dan en función del capital.
El ingreso y el retiro son voluntarios.
Es privado y depende de los aportes del capital.
El balance social es la razón de ser de la empresa.
El balance económico es el medio para el balance social.
Es balance económico es lo prioritario. El balance social es opcional.
Los excedentes se reinvierten parar el mismo objeto social de la cooperativa con el objetivo de construir reservas y fondos sociales para hacer más sólida la empresa y como retornos complementarios para los asociados.
Las utilidades se distribuyen entre los propietarios – inversionistas, en función del capital aportado.
El patrimonio está constituido por partes sociales individuales
en dinero o en especie.
El patrimonio está constituido en aportes de capital representado en acciones o cuotas sociales de acuerdo al tipo de sociedad.
El límite individual de los aportes de cada asociado es de 10% del total de aportes sociales de la cooperativa u en el caso de una persona jurídica el limite es del 49%.
El límite individual de los aportes llega hasta el 99% dependiendo del tipo de sociedad.
Régimen tributario especial.
Se paga impuesto de renta.
Se establece la irrepartibilidad de las reservas sociales y en caso de liquidación, la del remanente.
Se establece la repartibilidad de las reservas y del remanente.
