
Accidentes en Viaje
Resarcir las pérdidas económicas y gastos médicos en que se incurra para la atención de eventos accidentales durante un viaje
Clausulado del producto
Descarga el clausulado de acuerdo a la fecha de adquisición de la póliza:
Coberturas básicas

Muerte accidental

Incapacidad total y permanente

Desmembración según tabla de indemnización

Gastos médicos

Exclusiones
La muerte o lesiones corporales sufridas o resultantes de:
- La estadía del asegurado en los sitios de destino especificados en la caratula de la póliza a menos que se haya contratado el anexo de permanencia.
- Guerra, invasión, acto de enemigo extranjero, hostilidades u operaciones de guerra (haya o no declaración de guerra), guerra civil, sedición, amotinamiento, asonada, rebelión o revolución.
- Suicidio o cualquier intento del mismo, bien sea que el asegurado se encuentre en uso de sus facultades o en estado de demencia.
- Hallarse voluntariamente el asegurado bajo la influencia de estupefacientes, alucinógenos o drogas tóxicas o heroicas cuya utilización no haya sido requerida por prescripción médica.

Exclusiones
- Enfermedades físicas o psíquicas, tratamientos médicos o quirúrgicos que no sean aquellos necesarios en razón de accidentes amparados por esta póliza, (salvo infecciones piogenas que acontezcan como consecuencia de una herida accidental), ni los efectos psíquicos (excepto demencia incurable) o estéticos, resultantes de cualquier accidente.
- Embarazo, aborto o alumbramiento, ni la agravación por lesiones o la muerte, resultante y como consecuencia de alguna de tales causas.
- Cualquier clase de hernias o varices.
- Participación del asegurado en competencia de velocidad, resistencia o alta peligrosidad tales como: carreras de automóviles, toreo, alpinismo, motociclismo, equitación, pesca submarina y buceo.

Exclusiones
- Viajes del asegurado como piloto, mecánico o miembro de la tripulación de cualquier aeronave.
- Cuando voluntariamente el asegurado, actuando como conductor de vehículo terrestre automotor se encuentre bajo la influencia de bebidas embriagantes, estupefacientes, alucinógenos, drogas tóxicas o heroicas.
Documentos mínimos
para la expedición
Carta del tomador
solicitando el seguro o aceptando la cotización.
Relación de asegurados
indicando nombre, identificación, fecha de nacimiento y valor asegurado.
Información adicional del producto
Inexistencia del riesgo
No es posible celebrar un contrato de seguro sobre un hecho o circunstancia que ya haya ocurrido.
Declaración del estado del riesgo
El tomador está obligado a declarar sinceramente los hechos o circunstancias que determinan el estado del riesgo, según el cuestionario que le sea propuesto por La Equidad Seguros O.C. La reticencia o la inexactitud sobre hechos o circunstancias que, conocidos por La Equidad Seguros O.C., lo hubieren retraído de celebrar el contrato, o inducido a estipular condiciones más onerosas, producen la nulidad relativa del seguro.
Si la declaración no se hace con sujeción a un cuestionario determinado, la reticencia o la inexactitud producen igual efecto si el tomador ha encubierto por culpa, hechos o circunstancias que impliquen agravación objetiva del estado del riesgo. Si la inexactitud o la reticenciaprovienen de error inculpable del tomador, el contrato no será nulo pero La Equidad Seguros O.C. solo estará obligada, en caso de siniestro, a pagar un porcentaje de la prestación asegurada, equivalente al que la tarifa o la prima estipulada en el contrato representan, respectode la tarifa o la prima adecuada al verdadero estado del riesgo, excepto lo previsto en el artículo 1160 del código del comercio.
Por lo tanto, el asegurado debe declarar sinceramente los hechos o circunstancias que son de su conocimiento frente al riesgo objeto del seguro.
Es importante indicar que la principal consecuencia para el asegurado frente al incumplimiento de lo establecido anteriormente es la Objeción del siniestro.
Pago de la Prima
El pago anual de la prima es condición indispensable para mantener la vigencia de la póliza.
La mora en el pago de la prima de la póliza o de los certificados o anexos que se expidan con fundamento en ella, producirá la terminación automática del contrato al día 30 desde la fecha de expedición de los mismos y dará derecho a La Equidad Seguros O.C. para exigir el pago de la prima devengada y de los gastos causados con ocasión de la expedición del contrato.
Medios de pago La Equidad Seguros O.C. ha establecido los siguientes como mecanismos de pago de primas: contado, tarjeta débito o crédito.
Devolución de Primas
Por disminución del valor asegurado o sobreseguro.
1. Presente por escrito la solicitud de disminución del valor asegurado en la agencia correspondiente.
2. La Equidad Seguros O.C. realiza el análisis y el proceso correspondiente de acuerdo con las normas internas definidas.
3. Se procede a generar el pago por concepto de devolución de acuerdo con elresultado del análisis realizado.
Por revocatoria del seguro.
1. Presente por escrito la solicitud de revocación del seguro en la agencia correspondiente.
2. La Equidad Seguros O.C. realiza el análisis y el proceso correspondiente de acuerdo con las normas internas definidas.
3. Se procede a generar el pago por concepto de devolución de acuerdo con el resultado del análisis realizado.
